













Un ejemplo para imitar por el resto de alcaldes, una buena inversion.
Por Resolución Ministerial No. 247-2009-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros modificó el Reglamento de Escalafón del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, aplicando nuevas denominaciones a los grados de Oficiales y Suboficiales de la institución.
La norma, entre sus principales aspectos, crea el grado de Coronel CBP, y modifica las denominaciones de Teniente Brigadier CBP y Brigadier CBP por las de Mayor CBP y Comandante CBP, repectivamente.
Igualmente, cambia la denominación de Brigadier General CBP por la de Teniente General CBP, y la de Brigadier Mayor CBP por la de General CBP.
Asimismo, en la plana menor, a partir de la fecha el grado de Seccionario CBP se transforma en el de Suboficial CBP, desdoblándose a su vez en tres grados:
Suboficial de Tercera CBP (al cumplir tres años de servicio y tener requisitos para ascenso a subteniente), Suboficial de Segunda CBP (al cumplir dos años de servicios) y Suboficial de Primera (al ascender de Bombero-Alumno).